EL FUERO DE MONTEAGUDO


   Hallándose el rey Alfonso el Sabio en Sevilla, Martes postrimero día de Julio de 1263, con su mujer, doña Violante y sus hijos los infantes don Fernando, primogénito heredero; don Sancho, don Pedro y don Juan, "Entendiendo que la Puebla de Monteagudo es gran pro e a gran guarda de nuestra tierra e de a todos los homes buenos que agora ahí son pobladores e moradores ... e a los que serán de aquí adelant para siempre jamás otorgámosles que, dando cada un vecino un caiz de pan cada año en el mes de Agosto, la mitad de trigo y la mitad de cebada e dando otros dos mencales en dinero cada año en el mes de Marzo, que los quitamos de todo pecho e de facendera e de portazgo, e otro si les damos e les otorgamos que hayan el fuero de Soria, así como dice el privilegio de Deza".

   Termina prohibiendo que nadie sea osado de ir contra este privilegio, pues tendría la ira del rey, pagaría pena y a los de Monteagudo todo el año doblado. Medio siglo después el nieto de Alfonso X, don Fernando IV, estando en Almazán, confirmaba este privilegio en 2 de Febrero de 1312, y decía que: "Por ruego del infante don Pedro, mi hermano, e por facer bien e merced al concejo de Monteagudo, porque son pobres e estragados por razón de los males e daños grandes e robos que rescibieron en tiempo de las guerras e porque está en frontera de Aragón, en el servicio, otórgoles e confirmoles todos los "privilegios e cartas" que tienen de los reyes on de yo vengo e de mi e del fuero que le dieron, los cuáles privilegios e cartas e fueros les vo confirmo...", etc (1).

   Termina conminando con penas a los que fuesen contra este privilegio, dándoles carta sellada 'con mi sello de plomo'. Constan, además, las confirmaciones de reyes posteriores hasta el año de 1605 por don Felipe III.

(1) Archivo de Simancas, Libros de privilegios y confirmaciones.
      libro 307, art. 2