Qué actos se deben inscribir en el Registro Mercantil y cómo ha de hacerse la inscripción
Actos de obligada inscripción relativos a la identidad de la empresa
El Reglamento del Registro Mercantil establece una serie de actos que deben ser inscritos de forma obligatoria tanto para identificar a la empresa y ofrecer la información necesaria para que ésta opere en el tráfico, estos son:
Los actos a que se refieren los puntos 1 a 3 y 5 a 7 deberán constar, para su inscripción, en escritura pública.
LIBROS CONTABLES
Además de estos actos, con respecto a los Libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios con arreglo a disposiciones legales vigentes el Registro Mercantil realizará las siguientes funciones:
Legalización de los Libros: Esta legalización será obligatoria para los libros que tengan este carácter en virtud de la normativa y potestativa para el resto de registros auxiliares.
Depósito y Publicidad de las Cuentas Anuales: El depósito y posterior publicidad de las cuentas anuales será obligatorio para sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, comanditarias por acciones y de garantía recíproca, fondos de pensiones y, en general, cualesquiera otros empresarios que lo sean en virtud de las disposiciones vigentes. En el resto de los casos el depósito de cuentas será potestativo.
Otras funciones del Registro Mercantil
Además de las mencionadas anteriormente el Registro Mercantil tiene también estas funciones:
Nombramiento de Auditores: El registrador mercantil, previa solicitud por parte de los administradores, el Comisario del Sindicato de obligacionistas o cualquier socio de SA, da SL o comanditaria por acciones obligadas a la verificación de las cuentas anuales y del informe de gestión, podrá nombrar auditores en los siguientes casos:
Nombramiento de Expertos Independientes: El registrador mercantil tiene la capacidad de nombrar uno o varios expertos independientes para que elaboren un informe sobre las aportaciones no dinerarias a sociedades anónimas o comanditarias por acciones. Este nombramiento se hará en respuesta a una solicitud formal hecha en los términos que detalla el Reglamento del Registro Mercantil.
Forma de hacer las inscripciones:
En ESCRITURA PÚBLICA: Los siguientes actos deberán presentarse de forma obligatoria para su inscripción en el Registro Mercantil en escritura pública otorgada por notario:En documento privado: El resto de actos de registro y depósito podrán inscribirse en documento privado, eso sí, habrá que usar siempre los impresos oficiales que exija el Registro Mercantil.
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