Qué actos se deben inscribir en el Registro Mercantil y cómo ha de hacerse la inscripción

Actos de obligada inscripción relativos a la identidad de la empresa

El Reglamento del Registro Mercantil establece una serie de actos que deben ser inscritos de forma obligatoria tanto para identificar a la empresa y ofrecer la información necesaria para que ésta opere en el tráfico, estos son:

  1. La propia constitución de la sociedad, que necesariamente será la inscripción primera.
  2. La modificación del contrato y de los estatutos sociales, así como los aumentos y las reducciones del capital.
  3. La prórroga del plazo de duración.
  4. El nombramiento y cese de administradores, liquidadores y auditores.
    Asimismo habrá de inscribirse el nombramiento y cese de los secretarios y vicesecretarios de los órganos colegiados de administración, aunque no fueren miembros del mismo. La inscripción comprenderá tanto los miembros titulares como, en su caso, los suplentes.
  5. Los poderes generales y las delegaciones de facultades, así como su modificación, revocación y sustitución. No será obligatoria la inscripción de los poderes generales para pleitos o de los concedidos para la realización de actos concretos.
  6. La apertura, cierre y demás actos y circunstancias relativos a las sucursales en los términos previstos en el reglamento del Registro Mercantil.
  7. La transformación, fusión, escisión, rescisión parcial, disolución y liquidación de la sociedad.
  8. La designación de la entidad encargada de la llevanza del registro contable en el caso de que los valores se hallen representados por medio de anotaciones en cuenta.
  9. Las resoluciones judiciales inscribibles relativas al concurso, voluntario o necesario, principal o acumulado, de la sociedad y las medidas administrativas de intervención.
  10. Las resoluciones judiciales o administrativas, en los términos establecidos en las Leyes y en este Reglamento.
  11. Los acuerdos de implicación de los trabajadores en una sociedad anónima europea, así como sus modificaciones posteriores, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento del Registro Mercantil.
  12. El sometimiento a supervisión de una autoridad de vigilancia.
  13. En general, los actos o contratos que modifiquen el contenido de los asientos practicados o cuya inscripción prevean las leyes o el Reglamento del Registro Mercantil.

Los actos a que se refieren los puntos 1 a 3 y 5 a 7 deberán constar, para su inscripción, en escritura pública.

LIBROS CONTABLES

Además de estos actos, con respecto a los Libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios con arreglo a disposiciones legales vigentes el Registro Mercantil realizará las siguientes funciones:

Otras funciones del Registro Mercantil

Además de las mencionadas anteriormente el Registro Mercantil tiene también estas funciones:

Forma de hacer las inscripciones:

En ESCRITURA PÚBLICA: Los siguientes actos deberán presentarse de forma obligatoria para su inscripción en el Registro Mercantil en escritura pública otorgada por notario:

En documento privado: El resto de actos de registro y depósito podrán inscribirse en documento privado, eso sí, habrá que usar siempre los impresos oficiales que exija el Registro Mercantil.

©2009 Asociación Cultural Kalitateko K

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