En qué regimen de la Seguridad Social hay que dar de alta a los socios de las sociedades mercantiles

Todos los trabajadores están obligados a darse de alta en la Seguridad Social, lo mismo es de aplicación a los socios trabajadores que trabajan en una sociedad, tienen la obligación de darse de alta en alguno de los regímenes existentes aún en algunos casos en los que son no trabajadores (administradores activos retribuidos de sociedades mercantiles), en el caso de que posean el control de la sociedad el alta deberá hacerse en el Régimen de Autónomos.

Respecto a las Sociedades Civiles la norma general es que los socios trabajadores deben darse de alta en el Régimen de Autónomos, aunque si uno de ellos tuviera un porcentaje de participación muy bajo (siempre menos del 25%), podría estar en el Régimen General.

En el caso de las Cooperativas el asunto es fácil puesto que son los estatutos los que determinarán el régimen de los socios, o todos en el Régimen de Autónomos o todos en el Régimen General.

Para los casos de socios de Sociedades Limitada, Anónima y Sociedades Laborales las diferentes posibilidades se recogen en los siguientes cuadros:

TIPO DE SOCIEDAD
FUNCIONES DEL SOCIO
ENCUADRAMIENTO EN FUNCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN
Sociedad Limitada y Sociedad Anónima Administrador o Consejero Con funciones de DIRECCIÓN y GERENCIA, retribuidas pero con participación menor del 25%:
RÉGIMEN GENERAL ASIMILADO (sin desempleo ni Fogasa)<
Sin funciones de DIRECCIÓN y GERENCIA y con participación menor a 1/3 del capital:
RÉGIMEN GENERAL
NO SOCIOS: Regimen General Asimilado (sin Desempleo ni FOGASA)
Socio Trabajador Con participación en el capital social mayor del 50%:
RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS
Con participación en el capital social menor del 50% AUTÓNOMOS: Si tiene Funciones de Dirección y Gerencia y posee más de 1/4 del Capital Social
RÉGIMEN GENERAL: Si no tiene Funciones de Dirección y Gerencia y no posee más de 1/3 del Capital Social
50% del Capital Social en manos de familiares hasta el 2º grado: AUTÓNOMOS

TIPO DE SOCIEDAD
FUNCIONES DEL SOCIO
ENCUADRAMIENTO EN FUNCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN
Sociedades Laborales Socios Trabajadores que formen parte del órgano de administración RÉGIMEN GENERAL
Socios Trabajadores con funciones de Dirección y Gerencia Con cargo retribuido Regimen General Asimilado (sin Desempleo ni FOGASA)
Con contrato Laboral de Alta Dirección
Socios que directamente o con familiares de hasta el 2º grado posean el 50% del Capital Social AUTÓNOMOS

©2009 Asociación Cultural Kalitateko K

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