Formas Jurídicas para la Empresa

Una de las primeras decisiones a adoptar al crear una empresa es precisamente el cómo crearla, en el sentido de buscar la forma jurídica más adecuada para hacerlo, en el cuadro siguiente se presenta una comparativa de las formas jurídicas más habituales con sus principales características diferenciadoras para ayudarnos en esa decisión:

FORMA JURÍDICA
TIPOLOGÍA
NÚMERO MÍNIMO DE SOCIOS
CAPITAL MÍNIMO
TIPO DE RESPONSABILIDAD
MÁS INFORMACIÓN
Empresario Individual Personal
Sólo puede ser uno
No hay
Ilimitada Características
Trámites Apertura
Sociedad Civil (SC) Personal
2
No hay
Ilimitada Características
Trámites Apertura
Comunidad de Bienes (CB) Personal
2
No hay
Ilimitada Características
Trámites Apertura
Sociedad Limitada (SL) Mercantil
1
3.006 euros
Limitada al capital aportado Características
Trámites Apertura
Sociedad Anónima (SA) Mercantil
1
60.101 euros
Limitada al capital aportado Características
Trámites Apertura
Sociedad Limitada o Anónima Laboral (SLL ó SAL) Mercantil
3
El mismo que para SL ó SA
Limitada al capital aportado Características
Trámites Apertura
Sociedad Cooperativa (S Coop) Mercantil
2
1.803 euros
Limitada al capital aportado Características
Trámites Apertura

Cuestiones a tener en cuenta al optar por la forma jurídica:

  1. Tipo de Actividad a ejercer: La actividad que vaya a desarrollar la empresa puede condicionar la elección de la forma jurídica en aquellos casos en que en la normativa aplicable establezca una forma concreta.
  2. Posibles Subvenciones: Algunas administraciones excluyen expresamente ciertas formas jurídicas para solicitar algunas ayudas, esto puede condicionar la elección.
  3. Número de promotores: El número de personas que intervengan en la actividad puede condicionar la elección. Así, cuando sean varios los promotores puede ser más aconsejable será constituir sociedad, lo mismo puede ocurrir cuando alguna de estas personas sólo quiera aportar dinero y no trabajar en la empresa.
  4. Responsabilidad de los promotores: Este aspecto es importante. La posibilidad de limitar la responsabilidad por las deudas de la empresa es un punto importante a tener en cuenta si se quiere mantener a salvo el patrimonio personal.
  5. Necesidades económicas del proyecto: Las Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes son más baratas para contituir mientras que las Sociedades Anónimas y Limitadas requieren una serie de costes muy superiores amén de un capital inicial mínimo.
  6. Aspectos Fiscales: Fiscalmente el comportamiento entre un tipo y otro de sociedades es muy diferente, los Empresarios Individuales, Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes tributan en el IRPF en el que la escala es progresiva, mientras que las sociedades mercantiles lo hacen en el Impuesto de Sociedades en el que el tipo de gravamen es fijo. Dependiendo del nivel de beneficios de la empresa puede ser fiscalmente más interesante un tipo de empresa u otro.
  7. Imagen ante los clientes: Para algunos clientes y proveedores hay tipos de empresa más "serios" que otros y en los que se fían más. Generalmente las sociedades mercantiles (limitada o anónima) dan mayor sensación de permanencia.

Grado de complejidad de los trámites:

Grado de Complejidad de la Forma Jurídica

Menos complejo

 

 

 

 

Más complejo
Empresario Individual
Sociedad Civil (SC)
Comunidad de Bienes (CB)
Sociedad Limitada (SL)
Sociedad Anónima (SA)
Sociedad Cooperativa (S Coop)
Sociedad Limitada o Anónima Laboral (SLL o SAL)

©2009 Asociación Cultural Kalitateko K

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