EL TÉCNICO DE RADIOLOGÍA
(Radiodiagnóstico, Medicina Nuclear y Radioterapia), opera con eficiencia y efectividad,
demostrando una conducta y actitudes que reflejan la profesión.
1.1. Es el responsable de
las necesidades del paciente.
1.2. Lleva sus obligaciones
de forma competente.
1.3. Coopera con los
diferentes profesionales, en beneficio de una mejor asistencia al paciente.
 | PRINCIPIO 2º
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EL TÉCNICO DE RADIOLOGÍA
actúa para cumplir el principal objeto de la profesión: Ofrecer servicios a la Humanidad
con total respeto a la dignidad del hombre.
2.1. Participa y apoya
activamente las organizaciones científico-profesionales para el desarrollo de la
Tecnología Radiológica.
2.2. Actúa como
representante de la profesión y los principios para los que fue creada.
2.3. Trabaja como defensor
de los principios y procedimientos profesionales, tanto propios como ajenos, dentro del
sistema sanitario y cuidados de la salud.
 | PRINCIPIO 3º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA presta servicio a los pacientes sin discriminación.
3.1. No muestra prejuicio
por el sexo, raza, credo y religión.
3.2. Presta servicio sin
atender al estatus social o económico.
3.3. Presta cuidados sin
restricción por cualidades personales o naturaleza de la enfermedad.
 | PRINCIPIO 4º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA practica la tecnología fundada en bases científicas.
4.1. Aplica los
conocimientos y conceptos teóricos en el desarrollo de tareas apropiadas a la práctica.
4.2. Utiliza equipos y
accesorios consecuentemente con el propósito para el cual ha sido designado.
4.3. Emplea procedimientos
y técnicas de forma apropiada, eficiente y efectiva.
 | PRINCIPIO 5º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA
ejercita la prudencia, la discreción y el juicio en la práctica de la profesión.
5.1. Asume la
responsabilidad por las decisiones profesionales.
5.2. Valora las situaciones
y actos para la mejor atención al paciente.
 | PRINCIPIO 6º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA
facilita al Médico Radiólogo la información pertinente relacionada con el diagnóstico
y tratamiento del paciente.
6.1. Se ajusta al hecho de
que el diagnóstico y la interpretación están fuera del alcance para la profesión.
6.2. Actúa como
colaborador para obtener información médica a través de la observación y
comunicación, para ayudar al médico Radiólogo y otros en el diagnóstico y tratamiento.
 | PRINCIPIO 7º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA
es responsable de la protección al paciente, asimismo, a los demás profesionales y al
público en general, de la exposición a las radiaciones ionizantes innecesarias.
7.1. Lleva y trabaja el
servicio, con competencia, habilidad y experiencia.
7.2. Utiliza el equipo y
accesorios para limitar la radiación al área afectada del paciente.
7.3. Emplea técnicas y
procedimientos para minimizar la exposición radiológica hacia sí mismo y los demás
miembros del equipo.
 | PRINCIPIO 8º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA
practica la conducta ética correspondiente a la profesión.
8.1. Protege el derecho del
paciente a una atención radiológica de calidad.
8.2. Ofrece al público
información relacionada con la profesión y sus funciones.
8.3. Apoya la profesión
manteniendo y potenciando el nivel profesional.
 | PRINCIPIO 9º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA
respeta las confidencias en el curso de la práctica profesional.
9.1. Protege los derechos
de los pacientes a su intimidad.
9.2. Mantiene la
información confidencial relacionada con los pacientes, colegas y asociados.
9.3. Revela la información
confidencial solamente si es requerido por la Ley o para proteger el bienestar del
individuo o de la Comunidad.
 | PRINCIPIO 10º
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EL TÉCNICO EN RADIOLOGÍA
reconoce que la educación continuada es vital para el mantenimiento y el avance
científico de la profesión.
10.1. Participa como alumno
en actividades de aprendizaje apropiadas a las áreas específicas de responsabilidad,
así como en el área de prácticas.
10.2. Comparte los
conocimientos con otros profesionales.
10.3. Investiga